domingo, diciembre 31, 2006

PARA LEER, ANALIZAR Y CRITICAR

INTERCAMNIO DE OPINIONES FINALIZANDO EL 2006: INVITACIÓN A LA CRITICA Y ACCIÓN POR LA TRANSFORMACIÓN.


Terminado este 2006, junto con la reflexiones y análisis de la prensa, políticos y politólogos, es necesario conocer y reflexionar los elementos claves en educación para el 2007 y los próximos años.
Por eso los invito a leer:

REFLEXIONES SOBRE LAS TAREAS PENDIENTES EN LA EDUCACIÓN CHILENA PARA EL 2007: LAS PROPUESTA SOBRE EDUCACIÓN O ¿HACIA UNA PRIVATIZACIÓN SOLAPADA?

“...la educación no es neutral. Siempre es política...”
“...educar es asumir una posición progresista, es descubrir cuáles son los límites que existen, los obstáculos a los que nos enfrentamos y, de esa forma, asumir los desafíos para lograr la libertad.”
Paulo Freire

“La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades.”
(Artículo 102 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela)

El año 2006 quizás sea durante los 16 años de administración de las políticas económicas de libre mercado, por parte de la Concertación, el período más activo y agitado de movilizaciones sociales.... (PARA CONTINUAR SU LECTURA PINCHA AQUÍ).

domingo, diciembre 24, 2006

Momento de reflexión y renovación de convicciones sociales


Con las celebraciones de fin de año debemos replantearnos cuál será nuestro compromiso social y político el año 2007. Para esto es prudente y necesario recordar las palabras de un importante y consecuente educador.



FELICES FIESTAS Y PROSPERO AÑO 2007 A TODOS Y TODAS

Carlos Morales

miércoles, diciembre 13, 2006

PROPUESTAS PARA LA EDUCACION CHILENA DEL S.XXI


PARA DESARROLLAR OPINION FUNDAMENTADA Y PROPUESTA DE UNA NUEVA EDUCACION, ES NECESARIO CONOCER LAS ACTUALES OPINIONES Y LAS OPORTUNISTAS IDEAS DE GRUPOS PARTIDARIOS CAPITALISTAS
PARA DEFENDER CON ARGUMENTOS UNA EDUCACIÓN POPULAR Y SOLIDARIA...
LEER, PROPONER Y ACTUAR.

PROPUESTA EDUCACIONAL DEL BLOQUE SOCIAL EN EDUCACION
PROPUESTA DE REFORMA EDUCATIVA DE CENDA (M. RIESCO)
PROPUESTA DE LA DERECHA SOBRE EDUCACION
INFORME FINAL DEL CONSEJO PRESIDENCIAL DE EDUCACION

domingo, diciembre 10, 2006

ALEGRIA PARA EL PUEBLO


MUERE EL DICTADOR, ASESINO Y LADRON

LA JUSTICIA TARDA PERO LLEGA...


martes, diciembre 05, 2006



El 3 de Diciembre, Hugo Chávez Frías. Fue electo para conducir el proyecto Bolivariano y Socialista. Frente a las críticas y el poco conocimiento de dicho proceso, es importante conocer lo que señala sobre la educación la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Esto reviste importancia frente a la pronta entrega del informe del Consejo Presidencial de educación.

LEER, COMPARAR Y ANALIZAR.

ARTICULOS OBTENIDOS DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Artículo 102
La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana, de acuerdo con los principios contenidos en esta Constitución y en la ley.
Artículo 103
Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados o privadas de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo. Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva.
Artículo 104
La educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica. El Estado estimulará su actualización permanente y les garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea pública o privada, atendiendo a esta Constitución y a la ley, en un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión. El ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, serán establecidos por ley y responderá a criterios de evaluación de méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica.
Artículo 106
Toda persona natural o jurídica, previa demostración de su capacidad, cuando cumpla de manera permanente con los requisitos éticos, académicos, científicos, económicos, de infraestructura y los demás que la ley establezca, puede fundar y mantener instituciones educativas privadas bajo la estricta inspección y vigilancia del Estado, previa aceptación de éste.
Artículo 107
La educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal. Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas, hasta el ciclo diversificado, la enseñanza de la lengua castellana, la historia y la geografía de Venezuela, así como los principios del ideario bolivariano.
Artículo 108
Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.